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REQUISITOS LEGALES PARA LA PESCA RECREATIVA EN EUSKADI
Para el ejercicio de la Pesca Marítima Recreativa son necesarios la siguiente documentación:
Estar en posesión del título correspondiente al tipo de embarcación (eslora y potencia).
Certificado de navegabilidad.
Licencia de navegación y rol de dotación al día.
Licencia de pesca marítima recreativa, personal (GV).
Inscripción en el registro de embarcaciones deportivas recreativas (GV).
Autorización de la Secretaría General de Pesca Marítima para la captura de Pelágicos (Anexo III MAPA).
Carta Náutica que delimite las aguas interiores, exteriores e internacionales.
Política sobre remolques y salvamento marítimo (SESEMAR).
Seguro obligatorio (llevar a bordo el recibo original de pago).
DIRECCIONES Y TELÉFONOS DE INTERÉS:
Capitanías Marítimas (1ª categoría):
- Bilbao: Ibáñez de Bilbao, 24. 48009 Bilbao. Tfno: 944 241 416 Fax: 944 248 057.
- Pasaia: Pasaia-Puerto. Zona Portuaria. 20110 Pasaia (Gipuzkoa). Tfno: 943 352 616 Fax: 943 353 307.
Centros de Salvamento Marítimo:
- Centro Nacional de Coordinación de Salvamento (Madrid). Avda. de Portugal, 81. 28011 Madrid.
Tfno: 915 964 988.
- Centro Regional de Coordinación de Salvamento (Bilbao). Morro del Rompeolas de Santurce.
Zona Portuaria. 48980 Santurtzi (Bizkaia). Tfno: 944 839 286.
Centros de Salvamento Marítimo (V.H.F.):
- Bilbao. Frecuencia V.H.F. 16-10. Emisión Meteos (UTC) horas pares y 33 minutos.
Estaciones Radiocosteras (M.F. y V.H.F.):
- Pasaia. Frecuencia V.H.F. 16-27. Horario UTC 09:40-11:40-21:40.
- Matxitxako. Frecuencia M.F. 1.707 Khz. Horario UTC 09:03-12:33-17:33.
- Bilbao. Frecuencia V.H.F. 16-26. Horario UTC 09:40-11:40-21:40.
Llamadas de socorro en caso de emergencia:
Utilice los canales y frecuencias internacionales para llamadas de emergencia, facilitará su localización. Canal 16 de V.H.F. banda marina y 2.182 khz en onda media.
Procedimiento:
Sintonice el canal o la frecuencia indicada y diga:
1. MEDÉ... MEDÉ... MEDÉ...
(Mayday... mayday... mayday... )
2. AQUÍ LA EMBARCACIÓN... (nombre)
Repítalo tres veces...
3. ESTOY EN LA SITUACIÓN... (coordenadas de su posición) o bien...
ME ENCUENTRO A... MILLAS DE... (demora y distancia)
4. NECESITO AYUDA URGENTE A CAUSA DE...
Indique la naturaleza del peligro...
Repita este mensaje hasta obtener contestación.
TELÉFONO DE EMERGENCIAS MARÍTIMAS: 900 202 202
INTERNET
Instituto Nacional de Meterorología
Meteo-France
UK MetWeb
World Meteorological Organization
TITULACIONES PARA LA NAVEGACIÓN DE RECREO:
Con el fin de simplificar el número de titulaciones existentes, el 3 de julio de 1997 se aprobó la Orden Ministerial que reglamenta las atribuciones y requisitos para la obtención de cada uno de los títulos para la navegación de recreo. La principal novedad fue la reducción de 8 a 5 en las titulaciones para embarcaciones de recreo, destacando la agrupación en Patrón de Navegación Básica, de las titulaciones de Patrón de embarcaciones a motor segunda clase, Patrón de embarcaciones a motor primera clase y Patrón de embarcaciones deportivas a vela.
Por otra parte, quedan englobadas en Patrón de Embarcaciones de Recreo, la antigua titulación de igual nombre y el Patrón de embarcaciones deportivas de litoral. En la siguiente tabla, se indican las convalidaciones de cada uno de los títulos anteriores a la publicación de la O.M. de 3 de julio de 1997.
Tabla de Convalidaciones de los Títulos de Navegación de Recreo
(Orden Ministerial de 3 de julio de 1997).
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ANTES DE SALIR...
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Antes de hacerse a la mar es conveniente comprobar los siguientes elementos
Predicción meteorológica.
Equipo de navegación y gobierno (compás, corredera, timón y radar).
Combustible para el viaje y reserva.
Equipos de comunicaciones (VHF).
Cartas náuticas de la zona.
Equipo de propulsión (aceite, niveles, refrigeración, bocina, filtros y bujías).
Estanqueidad y sistemas de achique (válvulas de fondo, sentinas, inodoros, fregaderos, portillos y escotillas).
Estado de las baterías (nivel, carga, corrosiones, cargador y conexiones).
Estado tomas de corriente (estanqueidad y terminales).
Luces de navegación (estanqueidad, bombillas y casquillos).
Linternas y pilas de repuesto.
Chaleco salvavidas para cada tripulante (comprobar: silbato, tiras, cintas reflectantes y nombre de la embarcación).
Arnés de seguridad.
Estado del equipo de seguridad (balsas, bengalas, señales fumígenas, espejo de señales y aros).
Sistema contraincendios.
Reflector radar, radiobaliza (406 Mhz preferiblemente).
Agua potable (en los tanques).
Plan de navegación (entregarlo/comunicarlo al Club Náutico).
Documentación del barco.
Anclas y cabos (estiba, corrosiones y freno molinete).
Además es conveniente tener a bordo
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Mapa de Salvamento Marítimo
(Julio 2002)

(Más información: Sasemar.es)
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Convalidación Títulos Actuales
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Con la realización de las pruebas de prácticas correspondientes
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Patrón de embarcaciones deportivas a motor de segunda clase
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Patrón de Navegación Básica
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Patrón de Embarcación de Recreo a Motor (PER)
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Patrón de embarcaciones a motor de primera clase
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Patrón de Navegación Básica
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Patrón de Embarcación de Recreo a Motor (PER)
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Patrón de embarcaciones deportivas a vela
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Patrón de Navegación Básica
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Patrón de Embarcación de Recreo a Motor (PER)
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Patrón de embarcaciones deportivas de litoral
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Patrón de Embarcación de Recreo a Motor (PER)
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Patrón de Yate
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Patrón de Embarcación de Recreo a Motor (PER)
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Patrón de Embarcación de Recreo a Motor (PER)
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Patrón de Yate
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Patrón de Yate
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| Patrón de Yate habilitado para navegación de altura |
Capitán de Yate |
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| Capitán de Yate |
Capitán de Yate |
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ATRIBUCIONES DE LOS TITULOS PARA NAVEGACIÓN DE RECREO
Requisitos necesarios para la consecución de cada una de las titulaciones
(ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre):
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Pruebas Necesarias
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Barco para la práctica
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Edad
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Capitán
de
Yate
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Embarcaciones a motor o motor y vela (1) de cualquier eslora y potencia.
Motos náuticas
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Sin límite
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Poseer el título de Patrón de Yate
Aprobar el examen teórico
Aprobar el examen práctico ó acreditar prácticas básicas de seguridad y navegación, de al menos 48 horas, de las cuales mínimo 12 serán de navegación nocturna, en embarcación de una escuela.
Prácticas de radiocomunicaciones, de al menos 8 horas, en tierra en simulador homologado de una escuela
(si todas las prácticas se hacen en conjunción no podrán ser inferior a 56 horas). |
Mín. 12m eslora |
18 años |
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Patrón
de
Yate
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Embarcación a motor o motor y vela de hasta 20m de eslora y potencia de motor adecuada.
Motos náuticas
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Hasta 60 millas
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Poseer el título PER
Aprobar el examen teórico
Aprobar el examen práctico ó acreditar prácticas básicas de seguridad y navegación de al menos 24 horas, de las cuales mínimo 8 serán de navegación nocturna, en embarcación de una escuela.
Prácticas de radiocomunicaciones, de al menos 4 horas, en tierra en simulador homologado de una escuela
(si todas las prácticas se hacen en conjunción no podrán ser inferior a 28 horas). |
Mín. 12m eslora |
18 años |
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Patrón
de Embarcación de
Recreo (PER)
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Embarcación de recreo hasta 12m de eslora y la potencia de motor adecuada.
Motos náuticas
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Hasta 12 millas y navegación interinsular en los archipiélagos Canario y Balear
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Aprobar el examen teórico
Aprobar el examen práctico ó acreditar prácticas básicas de seguridad y navegación de al menos 16 horas, en embarcación de una escuela.
Prácticas de radiocomunicaciones, de al menos 2 horas, en tierra en simulador homologado de una escuela
(si todas las prácticas se hacen en conjunción no podrán ser inferior a 18 horas).
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Entre 6m y 12m eslora |
18 años
(16-17 con autorización paterna)
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Patrón
de Navegación Básica
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Embarcaciones de recreo hasta 8m de eslora a vela y hasta 7,5m de eslora a motor, con la potencia de motor adecuada.
Motos náuticas
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Hasta 5 millas en cualquier dirección de un abrigo o playa accesible
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Aprobar el examen teórico
Aprobar el examen práctico ó acreditar prácticas básicas de seguridad y navegación de al menos 12 horas, en embarcación de una escuela.
Prácticas de radiocomunicaciones, de al menos 2 horas, en tierra en simulador homologado de una escuela
(si todas las prácticas se hacen en conjunción no podrán ser inferior a 14 horas).
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Entre 6m y 12m eslora |
18años
(16-17 con autorización paterna)
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Patrón
moto
náutica A |
Potencia igual o superior a 110 CV |
Según artículo 10 del RD 259/2002 |
Aprobar el examen teórico y práctico |
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18 años (16-17 con autorización paterna) |
Patrón
moto
náutica B |
Potencia superior a 55 CV e inferior a 110 CV |
Según artículo 10 del RD 259/2002 |
Aprobar el examen teórico y práctico |
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18 años (16-17 con autorización paterna) |
Patrón
moto
náutica C |
Potencia inferior a 55 CV |
Según artículo 10 del RD 259/2002 |
Aprobar el examen teórico y práctico |
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18 años (16-17 con autorización paterna) |
| Autorización Federativa (Titulín) |
Embarcaciones de recreo de hasta 6m de eslora y una potencia máxima de 40kw. |
Navegación diurna en las áreas delimitadas por la Capitanía Marítima no superiores a las de Patrón de Navegación Básica |
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Navegación sin necesidad
de título |
Embarcaciones de recreo a motor con potencia máxima de 11,03 kw. y de hasta 4m de eslora, las de vela de hasta 5m de eslora, y los artefactos flotantes o de playa. |
Navegación diurna Zona delimitada por la Capitanía Marítima no superior a la establecida para el título de Patrón de Navegación Básica |
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(1) Para el manejo de embarcaciones a vela será necesario realizar prácticas en embarcaciones a vela. Se realizarán una sola vez, y tendrán validez para acceder a cualquiera de los títulos de capitán, patrón y PER. Su duración no será inferior a 20 horas. Para el PNB, habilitado a vela, podrá realizarse la práctica anterior o una específica de 8 horas.
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