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GUIA PRACTICA DE INPECCION


Reconocimientos de embarcaciones de recreo llevados a cabo por entidades colaboradoras de inspección de acuerdo con los requisitos establecidos en el R.D. 1434/1999, de 10 de septiembre.


PREVIO A LA INSPECCIÓN
Previo al reconocimiento el propietario deberá solicitar a la Capitanía Marítima, la correspondiente emisión del nuevo modelo de Certificado de Navegabilidad.


SOLICITUD Y PLAZOS
La realización de un reconocimiento o inspección será solicitada por el propietario de la embarcación, en su caso la persona en quien delegue, detallando el lugar de inspección, hora y características de la embarcación a inspeccionar, cumplimentando el impreso de SOLICITUD DE REVISIÓN TÉCNICA.

La fecha del reconocimiento será confirmada por EUROCONTROL, S.A.


OPERATIVA DE INSPECCIÓN
La embarcación se encontrará dispuesta y en las condiciones adecuadas para su reconocimiento siendo conveniente la presencia del propietario o persona en quien él delegue para la manipulación de cuanto sea preciso durante el proceso de inspección.

El reconocimiento comprende dos etapas: una inspección en seco y una segunda a flote (En el caso de reconocimientos intermedios la inspección se realizará en seco).


DOCUMENTACIÓN A APORTAR
- Certificado de Navegabilidad e inventario de equipamiento de la embarcación.
- Libro de registro de la embarcación (rol, hoja de asiento, ... etc).


ESTADO DE LA EMBARCACIÓN PARA SU RECONOCIMIENTO
El barco estará en un primer momento situado en seco debidamente varado y calzado. Se encontrará en el agua para las pruebas oportunas.

El barco estará en disposición de ser inspeccionado, esto es levantado y accesibles las zonas o partes correspondientes susceptibles de inspección, liberadas de material y limpias.
La obra viva debe de estar limpia y sin pintar.


RESULTADOS DEL RECONOCIMIENTO
Una vez realizado el reconocimiento, el personal técnico de la empresa sellará el certificado de navegabilidad (nuevo modelo), en la casilla habilitada a tal efecto, quedando renovado automáticamente por el periodo que corresponda.

Si el resultado del reconocimiento es desfavorable, se concederá un plazo de dos meses como máximo para subsanar las anomalías detectadas e inspeccionar de nuevo la embarcación.


FORMA DE PAGO
El importe de la tarifa será abonado previo al reconocimiento mediante transferencia a:

Entidad “ La Caixa “.
Nº de cuenta: 2100.1704.12.0200055482.
Referencia (indicar la matrícula de la embarcación).

Nota: Una vez concluida la inspección se enviará al domicilio la correspondiente factura.


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